El Colegio Dominicano de Periodistas calificó de histórica para
el periodismo nacional la sentencia emitida por la Segunda Sala de la Cámara
Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia del Distrito Nacional, en la
que deja bien clara las violaciones a la libertad de expresión de información y
censura previa.
Aurelio Henríquez,
expresó que en la sentencia en la que deja bien clara y definitiva cuales son
los actos atentatorios a la libertad de información y censura previa, entre la
que señala que el monopolio de los medios de difusión es un atentado a la
libertad de información y censura previa.
Otros elementos que
constituyen un atentado a la libertad de informa y censura se el la violación
al secreto profesional que le asiste a todos los periodistas, la difusión
obligatoria de ciertas ideas, conceptos o acontecimientos y la publicación
coactiva de cierta propagandas.
Además, que expresa la
sentencia que la prohibición para que se creen nuevos medios de comunicación y
los privilegios o restricciones impuestas por el gobierno para emplear la
tecnología de la comunicación son ejes fundamentales que impiden la libertad de
información y censura previa.
Precisa la que la
colocación de trabas para la producción e importación de elementos necesarios
para el funcionamiento o la modernización de los medios técnicos de
Comunicación y la aplicación de medidas fiscales que obstaculicen el normal
funcionamiento de los medios de difusión, o que persigan alentar o desalentar a
ciertos medios, así como la medida fiscales discriminatorias para la actividad
de la prensa, son también elementos que afecta la libertad de información de
los ciudadanos.
Asimismo indica la
sentencia que afecta la libertad de información la influencia coactiva sobre la
orientación y la información de los órganos de difusión, la prohibición de
difundir ciertas ideas y la intervención gubernamental de las empresas
periodísticas.
Expresa la sentencia
que constituye un atentado a la libertad de expresión la intervención
preventiva de cualquier autoridad pública o todo procedimiento encaminado a
estorbar o impedir la difusión de las ideas, toda disposición que prohíbe una
publicación o establece obligatoriamente su contenido contra la voluntad del
emisor y toda medida fiscal discriminatoria para la actividad de la prensa.
El presidente del CDP
dijo que esta sentencia es una clara señal a los que deseen intentar impedir,
coartar o colocar obstáculos para que los periodistas realicen sus trabajos
periodísticos en cumplimiento con su deber de informar debidamente al pueblo
sobre todo cuanto acontece en el país.
Reiteró que la decisión
de Rodríguez Pimentel de retirar las notificaciones a los anunciantes del
programa de El Informe con Alicia Ortega, porque en nada contribuía ni a sus
pretensiones de coartar o poner censura previa a un ejercicio profesional, como
el que viene realizando la periodista Alicia Ortega.
Henríquez
precisó que la advertencia hecha tanto a Alicia como a los anunciantes de El
Informe es una grave amenaza a la libertad de prensa, derecho a la información,
y la libertad de expresión y difusión del pensamiento, lo que provoca un efecto
que amedrantaría y constituye un medio de intimación o disuasión de loa
anunciantes del programa.